miércoles, 14 de noviembre de 2007

Preocupación de Terada por la modificación en la designación del Fiscal General de Investigaciones Administrativas

La diputada Alicia Terada, expresó su gran preocupación por esta nueva modificación propuesta, votada y aprobada por el Bloque de la Alianza que implica que la designación del fiscal general de investigación administrativa se efectúe por simple mayoría de votos, es decir por la mitad más uno, suma con la que en la actualidad cuentan los diputados de la Alianza, y no por los dos tercios de los miembros de la Cámara de Diputados como establecía la ley hasta el día de su modificación. La legisladora del ARI dijo que "para comprender la gravedad de la iniciativa aliancista es preciso conocer las funciones del fiscal general, que son promover la investigación formal, legal y documental de la gestión general administrativa y de los hechos o actos que puedan ocasionar daños y perjuicios a la hacienda publica, de cualquier organismo del poder administrador de los municipios o comisiones de fomento, centralizado o descentralizado, autárquico, tribunal de cuentas, empresas del estado o municipales, sociedades en que el estado o cualquier municipio sea parte; las investigaciones pueden ser promovidas de oficio o por denuncia debidamente suscriptas. Los sumarios se formaran por el solo impulso de la fiscalía de investigaciones administrativas y sin necesidad de que otra autoridad estatal lo disponga”. “Denunciar ante la justicia competente los hechos que, como consecuencia de las investigaciones practicadas, sean considerados delitos. Es decir, es el encargado de velar por la probidad y transparencia del accionar de los funcionarios mediante la prevención, investigación y recomendación de sanciones a aquellas conductas que puedan configurar irregularidades, transgresiones o incumplimientos a las normas o procedimientos vigentes en el ejercicio de la función que desarrollan". Como así también “el control del cumplimiento de la Ley de Ética y Transparencia en la Función Pública Nº 5428, la cual establece como autoridad de aplicación a la F.I.A, extendiendo su competencia a todos los poderes del estado provincial, y por mandato de ella el procedimiento sancionatorio por incumplimiento del régimen de presentación de las declaraciones juradas patrimoniales, imponiéndole la obligación de actuar ante situaciones que pueden involucrar desde un juez del Superior Tribunal de Justicia hasta el mismo gobernador y legisladores” destacó. "Lograr el voto de los dos tercios de los miembros de la Cámara de Diputados implica el consenso, análisis y participación en la decisión de los otros bloques minoritarios, lo cual garantiza la transparencia en la designación de quien va a investigar posteriormente en caso de irregularidades a los funcionarios públicos. Es por esto que no es conveniente que un bloque político, decida quien es la persona adecuada para investigarlos, y mucho menos en el escenario político en la que se encuentra la provincia del Chaco, donde los diputados correspondientes al mismo color político del gobierno saliente son quienes elegirían al próximo fiscal general", explicó Terada. "Los antecedentes en procesos similares desarrollados en otros poderes del Estado, como la designación de jueces del Superior Tribunal de Justicia o la integración del Consejo de la Magistratura responden a la misma matriz de operaciones con las cuales actúan impunemente algunos funcionarios en exceso de los poderes asignados a su función y que ponen en este caso en serio riesgo la independencia de la fiscalía", agregó. Terada destacó que “fueron los mismos diputados de la U.C.R Dr. Zaragoza y el Dr. Fragoso quienes en el año 1989 y de acuerdo a las versiones taquigráficas defendieron, siendo minoría en el recinto, el voto de los dos tercios de los legisladores para la designación del fiscal general argumentando que “esta conformación evitaría que entren a jugar factores políticos en la nominación, dándoles una mayor participación a todos los legisladores”. “Zaragoza y Fragoso han concebido el funcionamiento de la fiscalía basado en la estabilidad de sus miembros y en la mayoría especial que requiere su designación, entre otras exigencias como la elaboración de su propio presupuesto, potestad reglamentaria, designación de su personal, etc. Estos atributos son los que garantizan su naturaleza autónoma y permanente” argumentaron los diputados 18 años atrás. "Es importante que la ciudadanía conozca estas iniciativas que se deciden y votan a última hora, en una sesión de la cual resolví no participar y romper con mi asistencia perfecta, para no convalidar o legitimar la sanción de leyes que no tienen ni la discusión necesaria ni los elementos para ser aprobados, porque son inconstitucionales y que además se aprueban irresponsablemente y por votos propios de quienes con mayoría automática deterioran a la democracia recuperada en 1983, desvirtuando las funciones de la casa de la democracia con intereses partidarios y personales que nada tienen que ver con las funciones de representación otorgadas por el pueblo y cubriéndolos con un manto de duda y corrupción, entendiéndose ésta como la desnaturalización de las instituciones". "Por estas razones es que sugerimos junto al diputado Sánchez, el despacho para enviar al archivo este proyecto de modificación de la Ley 3468, pero sin embargo la Ley continuó su acelerado trámite legislativo y finalmente fue aprobada el miércoles con el voto solitario pero suficiente de los diputados de la Alianza Frente de Todos, convirtiéndose en los únicos responsables de elegir y decidir quien será el próximo fiscal general, para cubrir el cargo que actualmente se encuentra vacante", finalizó.

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